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SUSU PERMISOPERMISO DEDE VENDEDORVENDEDOR DEDE CALIFORNICALIFORNIA

SusSus derechosdery responsabilidades de acuerdo con la ley del impuesto echos y responsabilidades de acuerdo con la ley del impuesto 
sobresobrlas ventas y el uso e las ventas y el uso

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE IMPUESTOS Y CUOTAS DE CALIFORNI



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Un mensaje del Director 
Es un placer darle la bienvenida a la compañía de más de un millón de 
negocios que están registrados en el Departamento de Administración 
de Impuestos y Cuotas de California (CDTFA). Como vendedor, deberá 
declarar los impuestos al CDTFA regularmente y probablemente tendrá 
preguntas sobre sus responsabilidades de acuerdo con la ley del impuesto 
sobre las ventas y el uso. 

Nuestro sitio web, www.cdtfa.ca.gov, contiene información variada  
y es un recurso valioso para cualquier pregunta que pueda tener.  
Allí encontrará una variedad de servicios, incluido nuestro servicio  
de presentación electrónica de declaración de impuestos (vea la página 
15). Nuestro personal también está disponible para ayudarlo  
y puede contactarlo llamando a nuestro Centro de Servicio al Cliente  
al 1-800-400-7115 (CRS:711) o visitando su oficina local del CDTFA (vea la 
página 29). 
Le deseamos éxito en su negocio y lo animamos a que se ponga en 
contacto con nosotros si necesita ayuda.  También agradecemos sus 
sugerencias para mejorar nuestros servicios. 

                           Atentamente, 

                           Nicolas Maduros 
                           Director 
                           Departamento de Administración de  
                           Impuestos y Cuotas de California 

La misión del CDTFA es mejorar la vida de los californianos a través de una recaudación justa y eficiente de los ingresos 
que respaldan nuestros servicios públicos esenciales. 



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 ÍNDICE 

Capítulo                                                       Página 

Cómo obtener un permiso de vendedor                            4 

Cómo aplicar impuestos a sus compras y ventas                  9 

Declaración de impuestos                                       13 

Servicios en línea                                             18 

Adquirir, vender o suspender un negocio                        20 

Cómo usar un certificado de reventa                            22 

Mantenimiento de registros                                     24 

Más información                                                29

Nota: Esta publicación resume las leyes y reglamentos aplicables que estaban vigentes al momento de la redac­
ción de la publicación, como se indica en la portada. Sin embargo, es posible que desde entonces se hayan 
producido cambios en la ley o en los reglamentos. De haber algún conflicto entre el texto de esta publicación y la 
ley, la decisión se basará en la ley y no en esta publicación. 



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  CÓMO OBTENER UN PERMISO DE VENDEDOR 

  ¿Quién debe obtener un permiso de vendedor? 
  Debe obtener un permiso de vendedor si: 
    • Realiza actividades comerciales en California y
    • Pretende vender o arrendar bienes muebles tangibles que normalmente estarían sujetos al impuesto sobre
     las ventas si se vendieran al por menor.
  La obligación de obtener un permiso de vendedor se aplica 
  a: 
    • Sociedades anónimas
    • Personas físicas
    • Sociedades de responsabilidad limitada (LLC)
    • Sociedades colectivas de responsabilidad limitada (LLP)
    • Sociedades limitadas (LP)
    • Sociedades colectivas
    • Copropiedades matrimoniales
    • Parejas de hecho registradas
    • Organizaciones
  Tanto los mayoristas como los minoristas deben solicitar un 
  permiso. 
  Si no tiene un permiso de vendedor y va a realizar ventas durante períodos transitorios, como la venta de árboles  
  de Navidad y la venta de artículos donados con fines caritativos, debe solicitar un permiso de vendedor temporal.  
  Estos permisos normalmente son expedidos a las operaciones de venta que no duran más de 30 días en un mismo  
  lugar. Puede obtener más información en nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov, o puede comunicarse con nuestro  
  Centro de Atención al Cliente llamando al 1-800-400-7115 (CRS:711) de lunes a viernes 8:00 a. m. a 5:00 p. m.   
  (hora del Pacífico), excepto durante los días feriados estatales. 

  ¿Qué significa que "realiza actividades comerciales"? 
  Realiza actividades comerciales en California, incluso si se encuentra fuera del estado, si: 
    • Mantiene, ocupa o utiliza, ya sea directa o indirectamente, o a través de una subsidiaria o un agente, una
     oficina, lugar de distribución, sala de ventas o exposición, depósito o lugar de almacenamiento, u otro
     domicilio comercial físico, ya sea permanente o temporal, en California; o
    • Tiene un representante, agente, intermediario o contratista independiente que opera en el estado en su
     nombre o bajo su autoridad, o bajo la autoridad de una subsidiaria suya, con el fin de realizar ventas, tomar
     pedidos, ensamblar o instalar mercancías, capacitar a los clientes, hacer entregas, o de otro modo establecer
     o mantener un mercado para sus productos; o
    • Recibe pagos de renta por el arrendamiento de bienes muebles ubicados en California, como el alquiler
     de maquinaria, equipo y mobiliario (para obtener más información sobre arrendamientos, consulte nuestra
     publicación 46, Leasing Tangible Personal Property (Arrendamiento de bienes muebles tangibles); o
    • Es dueño de bienes inmuebles o bienes muebles tangibles ubicados en California, como maquinaria, equipo,
     mobiliario o servidores informáticos, o los arrienda.
    • Desde el 1 de abril de 2019, realiza actividades comerciales en California si, durante el año calendario anterior
     o actual, la totalidad de ventas combinadas de bienes muebles tangibles en California o para entregar en
     California que hace usted y las personas relacionadas con usted, supera los $500,000. Una persona está
     relacionada con usted si su relación es la descrita en la sección 267(b) del Código de Impuestos Internos y los
     reglamentos relacionados. Antes del 1 de abril de 2019, no realizaría actividades comerciales en este estado
     en función de sus ventas para entrega en California.

4   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA   Agosto de2021 



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Para obtener más información sobre los requisitos de recaudación del impuesto sobre el uso en el estado, 
la localidad y el distrito de California, consulte nuestra guía de la industria en línea, Use Tax Collection 
Requirements Based on Sales into California Due to the Wayfair Decision (Requisitos de recaudación del 
impuesto sobre el uso basado en las ventas en California debido a la decisión Wayfair). 
Existen otras actividades que pueden reunir los requisitos para que una operación de venta se considere que 
realiza actividades comerciales en California. Debido a las diversas normas que se aplican, debe ponerse en 
contacto con nosotros para determinar si debe obtener un permiso. 

¿Qué significa "normalmente sujeto al impuesto sobre las ventas"? 
En general, las ventas minoristas de bienes muebles tangibles en California están sujetas al impuesto sobre las 
ventas. Algunos ejemplos de bienes muebles tangibles incluyen artículos como muebles, artículos para el hogar, 
productos alimenticios calientes, juguetes, antigüedades y ropa. 
Además, algunos costos de servicios y de mano de obra están sujetos a impuestos si forman parte de la venta de  
bienes muebles tangibles. Por ejemplo, si fabrica un anillo para un cliente específico, está creando un bien mueble  
tangible. Por lo tanto, el monto total que cobre por el anillo (incluido el cargo por la mano de obra) estaría sujeto a  
impuestos. Este también sería el caso si el cliente proporcionara los materiales para fabricar el anillo. 
Sin embargo, los costos de mano de obra para hacer reparaciones (cambiar la disposición de los diamantes en un 
anillo, por ejemplo) no están sujetos a impuestos, ya que no dan lugar a la creación de bienes muebles tangibles. 
Solo está reparando o reacondicionando los bienes existentes. 
Los gastos de mano de obra para instalar o aplicar bienes que se han vendido no suelen estar sujetos al impuesto  
sobre las ventas (nota: los cargos por mano de obra deben figurar por separado en la cuenta). Consulte la  
publicación 108, Labor Charges (Cargos por mano de obra). Consulte la sección Más información. 
Hay muchas normas que regulan lo que está sujeto a impuestos. Le sugerimos que llame a nuestro Centro de 
servicio al cliente al 1-800-400-7115 (CRS:711) para obtener información sobre qué está sujeto a impuestos en 
su negocio. También puede pedir una publicación diseñada para su tipo de negocio o solicitar copias de los 
reglamentos que explican la ley con más detalle. Si desea obtener más información sobre cuestiones clave de 
impuestos relacionadas con su sector empresarial, visite nuestrositio web de guías de impuestos de la industria 
en nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov. 

¿Cómo solicito un permiso? 
Puede registrarse en línea para obtener un permiso, una licencia o una cuenta visitando nuestro sitio web 
www.cdtfa.ca.gov y seleccionando Permits & Licenses (Permisos y licencias). El registro en línea también está 
disponible en nuestras oficinas del CDTFA. Póngase en contacto con nuestro Centro de servicio al cliente para 
obtener ayuda llamando al 1-800-400-7115 (CRS:711). 

Si solicito un permiso, ¿qué información debo proporcionar? 
Dependiendo del tipo de permiso, licencia o cuenta que esté solicitando, se requerirá información específica en 
el proceso de registro en línea. A continuación se ofrece una lista de comprobación de la información general que 
puede necesitar antes de empezar: 
• Número(s) de seguro social (excluidos los directivos de la empresa). 
• Licencia(s) de conducir o número(s) de identificación estatal. Nota: Otras formas de identificación aceptables 
pueden incluir, entre otras: pasaporte de EE.UU., identificación militar de EE.UU., tarjeta de identificación 
consular o visa (E-2). 
• Dirección de correo electrónico (de contacto y del negocio). 
• Número Federal de Identificación del Empleador (FEIN). 
• Número Estatal de Identificación del Empleador (SEIN). 
• En el caso de las sociedades: nombre de la compañía, número de la compañía, estados y fecha de constitución. 
• Nombre, dirección y número de teléfono del/de los socio(s), directivo(s) de la empresa, miembro(s) o gerente(s). 
• Nombre(s) y número(s) de teléfono de las referencias personales. 

                                                  Agosto de 2021      SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA               5 



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    • Nombre(s) y dirección(es) del/de los proveedor(es). 
    • Código del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (NAICS). 
    • Clasificación Industrial Estándar (SIC). 
    • Información bancaria (nombre y dirección). 
    • Nombre y número de cuenta del procesador de tarjetas de crédito del comerciante. 
    • Nombre, dirección y número de teléfono de la(s) persona(s) que lleva(n) los libros y registros. 

¿Se puede divulgar la información de mi cuenta? 
Generalmente sus registros están cubiertos por leyes estatales que protegen su privacidad. Sin embargo, en 
determinadas circunstancias podemos hacer pública la información impresa en su permiso de vendedor, las 
fechas de inicio y cierre de la cuenta y los nombres de los propietarios o socios del negocio. También podemos 
compartir información de su cuenta con determinadas agencias estatales y federales, gobiernos locales y 
empresas privadas autorizadas a representarlos. Cuando vende un negocio, podemos darle al comprador o a 
otras partes involucradas información de sus obligaciones fiscales pendientes. Con su autorización por escrito, 
podemos facilitar información sobre su cuenta a su contador, abogado o cualquier otra persona que usted 
designe. 

¿Necesito más de un permiso? 
Si tiene más de un negocio (situado en una dirección diferente), puede obtener un permiso distinto para 
cada uno de ellos. Por lo general, es posible obtener un permiso consolidado para varios establecimientos 
comerciales. Un permiso consolidado tiene subpermisos emitidos para cada ubicación. Cuando solicite el 
permiso, asegúrese de proporcionar información sobre todas las ubicaciones comerciales. 

¿Necesito un permiso si solo tengo existencias de mercancías en California? 
No está obligado a tener un permiso de vendedor si todas sus ventas se realizan exclusivamente en un comercio  
interestatal o extranjero. Si realiza ventas tanto dentro como fuera de California, deberá tener al menos un permiso  
cuando mantenga existencias de mercancías en este estado. También está obligado a tener permisos para los  
depósitos u otros lugares de California donde se almacena la mercancía para su entrega o para cumplir con las  
ventas. Esto es cierto por más que la mercancía se utilice para cumplir con sus ventas realizadas fuera de California.  

¿Se cobra una cuota por el permiso de vendedor? 
No. El permiso es gratuito. Sin embargo, en determinadas circunstancias, es posible que se solicite un depósito 
en garantía. 

¿Cuándo el CDTFA exigiría un depósito en garantía? 
Por lo general, no se exigen depósitos en garantía cuando solicita un permiso de vendedor, a menos que la ley 
exija una garantía. Sin embargo, en circunstancias excepcionales, podemos solicitar un depósito en garantía si su 
permiso está revocado o si tiene un historial de falta de pago. 

Si ya no tengo mi negocio, ¿puedo conservar mi permiso de vendedor? 
No. Su permiso solo es válido mientras se dedique activamente a la actividad comercial como vendedor. Si deja 
de ejercer su actividad comercial como vendedor, debe ponerse en contacto con nosotros de inmediato para 
cancelar su permiso. Para obtener más información, consulte el capítulo Para obtener más información, consulte 
el capítulo Adquirir, vender o suspender un negocio. Cancelaremos su permiso si comprobamos que ya no realiza 
actividades comerciales como vendedor. 

¿Debo informar al CDTFA si cambio la dirección del negocio, postal o de 
correo electrónico? 
Sí. Tendremos que actualizar nuestros registros. Llame a nuestro Centro de servicio al cliente o visite una de 
nuestras oficinas del CDTFA para realizar los cambios. 

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Si la titularidad de mi negocio cambia, ¿tengo que avisarles? 
Sí. Debe notificarnos directamente cualquier cambio en la titularidad de su negocio. Como se explica en la página 
24, si los registros de titularidad no se mantienen actualizados, los propietarios anteriores suelen ser responsables 
de los impuestos, intereses y multas en los que incurra el negocio después de la transferencia. 
La constitución de un negocio o de una sociedad colectiva o de responsabilidad limitada se considera un cambio 
de titularidad y debe notificarse. Debe notificarnos directamente cualquier cambio de titularidad. Publicar esta 
información en un periódico o comunicarla a otro organismo estatal no es aviso suficiente para nosotros. 
Además, si se retira o se admite a un socio, debe notificárnoslo inmediatamente. Notificarnos a tiempo podría 
ayudar a limitar la responsabilidad personal del socio saliente por los cargos de impuestos, multas e intereses en 
los que incurra el negocio luego de la salida del socio. 

Si mi cónyuge o pareja de hecho registrada y yo tenemos un permiso de  
vendedor y nos divorciamos o nos separamos legalmente y el negocio se 
adjudica a la otra parte, ¿debo notificarlo al CDTFA? 
Sí. Esto se considera lo mismo que un cambio de titularidad y debe declararse. Debe comunicarnos por escrito 
que ya no participa en las operaciones comerciales del negocio. Una sentencia de separación legal o de divorcio 
que adjudique el negocio a una persona, sin notificarnos por escrito el cambio, no es aviso suficiente. 

¿Mi permiso de vendedor es lo mismo que una licencia comercial? 
No. Debe ponerse en contacto con el departamento local de licencias comerciales para obtener una licencia 
comercial por separado. 

¿Debo estar registrado para pagar otros impuestos o cuotas? 
A partir de la página 27, consulte la información sobre algunos de los otros programas de impuestos y cuotas que 
administramos. También debe verificar con otras autoridades fiscales y de licencias estatales, federales y locales 
los requisitos de registro que puedan tener. Por ejemplo, ¿necesita estar registrado en la Junta de Impuestos de 
Franquicia (www.ftb.ca.gov) o en el Departamento de Desarrollo del Empleo (www.edd.ca.gov)?  
La Agencia de Protección Ambiental de California ofrece información detallada sobre los requisitos de los 
permisos estatales, locales y federales en www.calgold.ca.gov. Para obtener información sobre cómo su sociedad 
fuera del estado puede reunir los requisitos para hacer negocios en el estado de California, puede visitar el sitio 
web de la Secretaría de Estado en www.sos.ca.gov. Consulte también el sitio web del Centro de servicios de 
impuestos de California en www.taxes.ca.gov para obtener información sobre el impuesto de franquicia mínimo 
para sociedades. 

¿Los registros de mi negocio están sujetos a auditoría? 
Sí. Podemos auditar sus registros para determinar si 
ha pagado el monto de impuestos correcto (consulte 
el capítulo titulado Mantenimiento de registros para 
obtener información sobre los tipos de registros que debe 
conservar y durante cuánto tiempo). La auditoría puede 
determinar que usted debe impuestos, que tiene derecho 
a un reembolso o que ha pagado el monto correcto. En 
general, puede ser auditado en intervalos de tres años, 
en el momento de cerrar su permiso o en relación con 
una auditoría sobre otro permiso del que sea titular. Las 
auditorías también pueden iniciarse como resultado de 
información recibida de fuentes externas. 

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¿Cuáles son mis obligaciones como titular de un permiso? 
Como titular de un permiso, está obligado a: 
    • Informar y pagar los impuestos sobre las ventas y el uso.
    • Mantener registros adecuados.
También está obligado a notificarnos si: 
    • Cambia la dirección de su negocio o postal.
    • Cambia la titularidad de su negocio.
    • Vende su negocio.
    • Adquiere otro negocio.
    • Suspende su negocio.
Como realiza más operaciones comerciales con el CDTFA de manera electrónica, también deberá notificarnos si 
cambia la dirección de correo electrónico del negocio. 

8   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA  Agosto de2021  



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CÓMO APLICAR IMPUESTOS A SUS COMPRAS Y VENTAS 

Como minorista, está obligado a pagar impuestos sobre las ventas y el uso y a presentar declaraciones de impuestos. Este 
capítulo ofrece una descripción general de esas responsabilidades. Consulte el capítulo Declaración de impuestos para 
obtener una descripción de cómo presentar sus declaraciones de impuestos sobre las ventas y el uso. También es mejor obtener 
asesoramiento fiscal por escrito. 

¿Qué está sujeto a impuestos? 
Como se indica en el primer capítulo, Cómo obtener un permiso de vendedor, las ventas minoristas de bienes 
muebles tangibles en California suelen estar sujetas al impuesto sobre las ventas. Algunos ejemplos de bienes 
muebles tangibles incluyen artículos como muebles, artículos para el hogar, juguetes, antigüedades, ropa, etc. 
Además, los costos de servicios y de mano de obra están sujetos a impuestos sobre las ventas si forman parte de 
la venta de bienes muebles tangibles. 
En algunos casos, los minoristas deben pagar el impuesto sobre el uso en lugar del impuesto sobre las ventas. 
El ejemplo más común de una compra sujeta al impuesto sobre el uso es la compra de un artículo a un minorista 
de fuera del estado para su uso en California. Los minoristas de fuera del estado que realizan actividades 
comerciales en este estado están obligados a recaudar el impuesto sobre el uso, siempre que sea aplicable, del 
consumidor en el momento de la venta (consulte la página 14 para obtener más información sobre el impuesto 
sobre el uso). 
Las tasas de impuestos sobre las ventas y el uso son las mismas. 
Algunas ventas y compras están exentas del impuesto sobre las ventas y el uso. Algunos ejemplos de ventas 
exentas incluyen, entre otros, las ventas de determinados productos alimenticios para consumo humano, las 
ventas al gobierno de EE.UU. y las ventas de medicamentos con receta. Para obtener más información sobre las 
ventas exentas, consulte la publicación 61, Sales and Use Taxes: Exemptions and Exclusions (Impuestos sobre 
las ventas y sobre el uso: exenciones y exclusiones). Puede acceder a la publicación desde nuestro sitio web en 
www.cdtfa.ca.gov. 

¿Quién es el responsable de pagar el impuesto sobre las ventas al CDTFA? 
Como vendedor, usted es responsable de pagarnos el monto correcto del impuesto sobre las ventas. Si no paga 
el monto correcto, se le cobrará el impuesto adicional más la multa y los intereses aplicables. 

¿Puedo cobrarle el impuesto sobre las ventas a mi cliente? 
Sí. Aunque está obligado a pagar y declarar el impuesto sobre las ventas, su cliente puede reembolsarle el monto 
del impuesto que debe pagar por una venta. Por ejemplo, si está obligado a pagar $1.75 de impuesto sobre las 
ventas en una venta, puede trasladar ese costo a su cliente, siempre que se acuerde como parte de la venta. Se 
presume que el cliente está de acuerdo en pagar la adición de un monto en concepto de impuestos si: 
• En sus recibos o facturas anota un monto separado para el reembolso del impuesto sobre las ventas; 
• Coloca un cartel en su establecimiento en el que se indica que el reembolso del impuesto sobre las ventas 
se añadirá a todos los precios de las mercancías sujetas a impuestos, o hace una declaración similar en las 
etiquetas de precios, el material publicitario y otro material impreso dirigido al comprador; o 
• El acuerdo de venta prevé específicamente que se añada el reembolso del impuesto sobre las ventas. 
Si incluye el reembolso del impuesto sobre las ventas en sus precios, en lugar de detallarlo por separado en sus 
facturas o recibos, debe informarle al comprador que el impuesto está incluido. Puede colocar esta información 
en su establecimiento en un lugar visible para los compradores, o puede incluirla en una etiqueta de precio o en 
un anuncio, lo que corresponda. Utilice alguna de las siguientes declaraciones: 
• "Todos los precios de los artículos sujetos a impuestos incluyen el reembolso del impuesto sobre las ventas 
calculado a la milésima más cercana". 
• "El precio de este artículo incluye el reembolso del impuesto sobre las ventas calculado a la milésima más 
cercana". 

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¿Qué tasa de impuestos uso? 
La tasa del impuesto sobre las ventas y el uso varía en todo el estado. La tasa base estatal es del 7.25 por ciento 
a partir del 1 de enero de 2017. Sin embargo, la tasa es más alta en las localidades (jurisdicciones tributarias 
especiales) donde los votantes han aprobado impuestos distritales adicionales. Muchos de estos distritos abarcan 
toda un área del condado. Sin embargo, algunos distritos se limitan a una sola ciudad. Los impuestos del distrito 
pueden destinarse a servicios especiales como el transporte o las bibliotecas, o a servicios generales. 
     Ejemplos: 
     • En el condado de Napa, la tasa de impuestos es del 7.75 por ciento. Esta tasa refleja la tasa base estatal del 
     7.25 por ciento más el 0.50 por ciento correspondiente al impuesto de la Autoridad de Protección contra 
     Inundaciones del condado de Napa. La tasa de impuestos del 7.75 por ciento se aplica en todo el condado. 
     • En la ciudad de Williams, situada en el condado de Colusa, la tasa de impuestos es del 7.75 por ciento. Esta 
     tasa refleja la tasa base estatal del 7.25 por ciento más el 0.50 por ciento correspondiente al Impuesto sobre 
     Transacciones y Uso de la ciudad de Williams. La tasa del 7.75 por ciento se aplica solo dentro de los límites 
     de la ciudad de Williams. La tasa de impuestos en las áreas del condado de Colusa fuera de la ciudad de 
     Williams es del 7.25 por ciento. 
Más de tres cuartas partes de todos los negocios del estado están situados en una jurisdicción tributaria especial 
o hacen negocios en ella. 

¿Cómo puedo saber si estoy obligado a declarar y pagar el impuesto de 
distrito para las jurisdicciones tributarias especiales descriptas anteriormente? 
Como vendedor, debe declarar y pagar el impuesto sobre las ventas del distrito (llamado impuesto sobre las 
transacciones) o el impuesto sobre el uso de sus ventas y arrendamientos sujetos a impuestos si: 
     • Tiene un establecimiento comercial o realiza actividades comerciales dentro del distrito, 
     • Arrienda bienes muebles tangibles que se utilizan en el distrito, o 
     • Vende o arrienda vehículos, embarcaciones indocumentadas o aeronaves que se registrarán en el distrito. 
Una persona se dedica a la actividad comercial en un distrito si es un minorista que: 
     • Mantiene, ocupa o utiliza, ya sea directa o indirectamente, o a través de una subsidiaria o un agente, un
     oficina, lugar de distribución, sala de ventas o exposición, depósito o lugar de almacenamiento, u otr
     domicilio comercial físico, ya sea permanente o temporal, en el distrito; 
     • Tiene un representante, agente, intermediario o contratista independiente que opera en el distrito en su 
     nombre o bajo su autoridad, o bajo la autoridad de una subsidiaria suya, con el fin de realizar ventas, tomar 
     pedidos, ensamblar o instalar mercancías, capacitar a los clientes, hacer entregas, o de otro modo establecer 
     o mantener un mercado para sus productos; o 
     • Recibe pagos de renta de los arrendamientos de bienes muebles ubicados en el distrito, como el alquiler de 
     maquinaria, equipo y mobiliario; o 
     • Es dueño de bienes inmuebles o bienes muebles tangibles ubicados en el distrito, como maquinaria, equipo, 
     mobiliario o servidores informáticos, o los arrienda; o 
     • Vende o arrienda vehículos o embarcaciones indocumentados que se registrarán en el distrito. 
Para obtener más información sobre los requisitos de recaudación del impuesto sobre el uso en el estado, 
la localidad y el distrito de California, consulte nuestra guía de la industria en línea, Use Tax Collection 
Requirements Based on Sales into California Due to the Wayfair Decision  (Requisitos de recaudación del 
impuesto sobre el uso basado en las ventas en California debido a la decisión Wayfair). 
Existen algunas diferencias entre las reglas que se aplican al pago de impuestos en los distritos especiales y el pago  
de impuestos sobre las ventas y el uso en general. Para obtener más información, consulte la publicación 44    , 
District Taxes (Impuestos de distrito). Puede acceder a la publicación ingresando a www.cdtfa.ca.gov. 
Si sus ventas o arrendamientos no están sujetos a un impuesto de distrito especial, debe declarar el impuesto a la 
tasa base estatal, que actualmente es del 7.25 por ciento. 

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¿Cómo puedo saber dónde se encuentran las jurisdicciones tributarias 
especiales? 
• Puede ir a nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov y hacer clic en Tax & Fee Rates (Tasas de impuestos y cuotas). 
• Puede llamar a nuestro Centro de servicio al cliente en horario de oficina y hablar con un representante. 

¿Qué pasa si le cobro demasiados impuestos a mi cliente? 
Si recauda un monto superior al impuesto a pagar, deberá devolverle el exceso al cliente o pagárnoslo. 

¿Los trueques e intercambios están sujetos a impuestos? 
Sí. Los trueques o intercambios son ventas o compras según la ley del impuesto sobre las ventas y el uso. El 
impuesto se aplica normalmente al valor justo de mercado de los bienes o servicios recibidos. 
Por ejemplo, asuma que usted es un vendedor minorista de equipos electrónicos y que debe $500 por atención 
odontológica. En lugar de dinero en efectivo, usted proporciona un televisor de su inventario como pago total 
por la factura de atención odontológica. La transacción se considera una venta sujeta a impuestos del televisor, y 
debe declarar y pagar el impuesto basado en los $500. 

¿Las bonificaciones por entrega están sujetas a impuestos? 
Sí. El valor de una bonificación por entrega se considera sujeto a impuestos. Por ejemplo, si vendiera un coche 
por $20,000 y aceptara una bonificación por entrega valuada en $4,000 como pago parcial, el impuesto se basaría 
en el precio de venta de $20,000 (es decir, al calcular el impuesto sobre las ventas, no podría deducir el valor de la 
bonificación por entrega del precio de venta del coche vendido). 

¿Los cargos por entrega y manejo están sujetos a impuestos? 
Cargos de entrega 
Usted hace que los bienes se entreguen directamente a su cliente usando un transportista común, el Servicio 
Postal de los Estados Unidos o un contratista independiente. 
El impuesto no se aplica a los cargos de entrega en estas condiciones si los cargos están claramente establecidos 
como una entrada separada en la factura u otro boleto de compraventa. Si los cargos de entrega no se 
establecen por separado, están sujetos a impuestos. 
Ejemplo: Vende una nevera y hace la entrega usando un transportista contratado independiente. En la factura, 
aparece un cargo de $750 por la nevera más un cargo de $50 detallado por separado por la entrega (el monto 
que le cobró el transportista). Dado que los cargos de entrega se detallan por separado, el impuesto solo 
se aplica al precio de la nevera ($750). Si la factura hubiera mostrado un único cargo de $800, el impuesto se 
aplicaría al monto total. 
Nota: Si cobra más por la entrega que sus costos reales, el monto añadido está sujeto a impuestos. En el ejemplo 
anterior, si le hubiera cobrado a su cliente $60 por la entrega, pero el costo real de la entrega fuera de $50 (el 
monto que le cobró el transportista contratado independiente), el impuesto se aplicaría al cargo adicional de $10. 
Utiliza su propio vehículo para hacer la entrega. 
El impuesto se aplica a los cargos de entrega si utiliza su propio vehículo, independientemente de que dichos 
gastos se detallen por separado en la factura (vea la nota de la página siguiente). 
Ejemplo: Vende una nevera y se la entrega a su cliente usando su propio vehículo. En la factura, aparece 
un cargo de $750 por la nevera más un cargo de $50 por la entrega. El impuesto se aplica tanto al cargo de 
entrega como al cargo por la nevera. 
Nota: El impuesto no se aplica a los cargos de entrega si usa su propio vehículo si existe un contrato de 
compraventa por escrito, firmado antes de la entrega, que transfiere la titularidad del bien al comprador antes de 
la entrega. 

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Cargos por manejo 
Los cargos por manejo suelen estar sujetos a impuestos. 
Cargos combinados 
Si cobra un monto único por la entrega y el manejo (por ejemplo, la factura muestra un monto único por 
"franqueo y manejo" o "envío y manejo"), la parte del cargo que representa el manejo suele estar sujeta a 
impuestos, mientras que la parte que representa la entrega puede o no estar sujeta a impuestos (vea Cargos de 
entrega en la página anterior). 
Nota: Es importante utilizar términos como entrega, envío o franqueo en la factura para representar los cargos 
de entrega. Por ejemplo, un cargo detallado por separado que solo diga manejo, no se considera un cargo de 
entrega, y todo el cargo por manejo está sujeto a impuestos, incluso si los gastos de franqueo o envío están 
indicados en el paquete. 
Para obtener más información sobre los cargos de entrega, o información sobre cómo pueden aplicarse los 
impuestos a una transacción específica, llame a nuestro Centro de servicio al cliente. También puede obtener una 
copia del Reglamento 1628, Transportation Charges (Cargos de transporte), o la publicación 100, Shipping and 
Delivery Charges (Cargos de envío y entrega). 

Hago entrega directa de bienes al consumidor final en nombre de minoristas 
de fuera del estado. ¿Soy responsable de pagar el impuesto sobre las ventas? 
Si usted realiza entrega directa de bienes al consumidor final a clientes de California para minoristas de fuera del 
estado no es responsable de pagar el impuesto sobre su venta al minorista de fuera del estado si ese minorista 
tiene un permiso de vendedor válido en California o un Certificado de registro para el impuesto sobre el uso de 
California. El minorista de fuera del estado es responsable del impuesto sobre la venta al cliente de California. 
Sin embargo, deberá pagar el impuesto si el minorista de fuera del estado no cuenta con ninguno de los dos 
tipos de permiso y la venta al por menor de los bienes está sujeta al impuesto sobre las ventas o el uso de 
California. El precio de venta minorista del artículo sería alguno de los siguientes: 
     • El monto que el minorista de fuera del estado le cobró al cliente de California. 
     • El monto que usted le cobró al minorista de fuera del estado más un margen de ganancia del 10 por ciento. 
Si el cliente de California está comprando el bien para la reventa, usted no es responsable de pagar el impuesto 
si obtiene y conserva en sus registros un certificado de reventa válido de California del cliente. 

Si acepto moneda extranjera como 
pago, ¿cómo calculo los impuestos? 
Los impuestos se miden en dólares estadounidenses 
según la tasa de conversión de la moneda extranjera 
de la fecha de la venta. 

¿Dónde puedo obtener más 
información? 
Le sugerimos que aproveche nuestros otros 
recursos, como nuestro sitio web, las clases, los 
formularios y las publicaciones. También hay 
traducciones multilingües de algunas publicaciones. 
Consulte la sección Más información. 

12   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA  Agosto de2021  



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DECLARACIÓN DE IMPUESTOS 

¿Qué es una declaración de impuestos sobre las ventas y el uso? 
Los titulares de permisos de venta usan la declaración de impuestos sobre las ventas y el uso para informar del 
pago de los impuestos sobre las ventas y el uso al CDTFA. Los titulares de permisos están obligados a presentar 
una declaración de impuestos. De acuerdo a los tipos de deducciones solicitadas, algunos negocios pueden 
calificar para utilizar la declaración más corta, CDTFA-401-EZ, Short Form - Sales and Use Tax Return (Formulario 
Corto - Declaración de Impuesto sobre las Ventas y el Uso). 

¿Cuándo debo presentar mi declaración de impuestos? 
Cuando obtenga su permiso de vendedor, se le indicará si debe presentar la declaración de impuestos de forma 
mensual, trimestral o anual. 
Debe presentar su declaración de impuestos después del cierre de cada período de declaración. En otras 
palabras, si su período cierra el 30 de junio, su declaración y pago de impuestos debe realizarse el 31 de julio, 
el último día del mes siguiente. Si la fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o día festivo legal, las 
declaraciones deben realizarse al siguiente día hábil. 
Debe presentar su declaración de impuestos y pagarla antes de la fecha de vencimiento, tanto si la presenta en 
línea como si la envía por correo o la entrega en mano. No recibir una declaración o un recordatorio de nuestra 
parte no lo exime de la obligación de presentarla. 

¿Qué ocurre si presento una declaración tardía de impuestos o me retraso en 
el pago de los impuestos? 
Si presenta una declaración tardía, o si hace un pago de impuestos tardío, está obligado a pagar multas e 
intereses. Si paga su deuda de impuestos completa a tiempo, pero no presenta su declaración a tiempo, tendrá 
que pagar una multa por presentar una declaración tardía. Encontrará más información sobre estos cargos en 
la publicación 75, Interest, Penalties, and Fees (Intereses, multas y cuotas), disponible en nuestro sitio web o 
llamando a nuestro Centro de servicio al cliente. 
En determinadas circunstancias, podemos conceder un plazo adicional (hasta un mes) para presentar una declaración.  
Si se concede el plazo adicional y se presenta y paga la declaración dentro de ese plazo, deberá pagar intereses sobre  
el pago, pero no tendrá que pagar una multa. Si no puede presentar su declaración a tiempo, debe presentar una  
solicitud de una prórroga para presentar una declaración de impuestos en línea visitando nuestro sitio web. 

Si no debo impuestos, ¿igualmente tengo que presentar una declaración? 
Sí. Incluso aunque no deba impuestos para el período de declaración, no tenga ventas para el período, o todas 
sus ventas sean no sujetas a impuestos, igualmente debe presentar una declaración. 

¿Qué tipos de ventas están incluidas en las ventas brutas? 
La ley exige que informe de cualquier venta de bienes muebles tangibles, tanto si le han pagado por ellos como 
si no. Normalmente, el pago de sus ventas se hará en forma de dinero (como las ventas en efectivo y con cargo). 
Sin embargo, puede haber ocasiones en las que reciba otras formas de pago (como intercambios de bienes), y el 
valor justo de mercado de esos pagos debe ser declarado. 
No incluya los recibos de las siguientes ventas en las ventas totales: 
• Ventas de la Lotería de California (tarjetas raspa y gana, billetes de lotería, etc.) 
• Cargos por servicio de giros postales 
• Venta de certificados de regalo (vea la nota en la página siguiente) 
• Cargos por desechos electrónicos (también conocidos como eWaste) 
Como se mencionó en el capítulo anterior, debe declarar una venta para el período de declaración de impuestos 
en el que se produce, incluso si recibe el pago en un período diferente. Por ejemplo, puede vender un producto 

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en junio por $500 y permitir que el cliente tome posesión de él inmediatamente a crédito. Dado que el cliente 
tomó posesión de la mercancía (la venta tuvo lugar) en junio, debe declarar la venta de $500 para ese mes, 
independientemente de cuándo reciba el saldo adeudado. 
Nota: Certificados de regalo. Aunque no incluya la venta de un certificado de regalo en el total de sus ventas, 
sí debe informar de la venta que se produce cuando acepta el certificado para una venta sujeta a impuestos de 
mercancías o bienes. La venta debe declararse para el período de declaración en el que se canjeó el certificado. 

¿Cuándo una compra está sujeta al impuesto sobre el uso? 
Una compra puede estar sujeta al impuesto sobre el uso por varias razones. Las razones más comunes son: 
     • Ha utilizado bienes adquiridos con un certificado de reventa. Como se explica en el capítulo Cómo usar un 
     certificado de reventa, si utiliza un certificado de reventa para comprar mercancías que pretende revender, su 
     proveedor no cobrará el reembolso del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, si utiliza las mercancías para 
     otro fin antes de revenderlas, al momento de ese uso es responsable de pagar el impuesto sobre el uso. (El 
     uso de las mercancías con fines de exhibición o demostración antes de la reventa no suele considerarse un 
     uso sujeto al impuesto sobre el uso). 
     • Ha utilizado bienes comprados a un minorista de fuera del estado. En general, si adquiere equipos o 
     mercancías de un minorista de fuera del estado sin pagar el impuesto de California y utiliza los bienes para 
     un fin distinto al de la reventa, la compra está sujeta al impuesto sobre el uso y debe declararse. 
Nota: El impuesto sobre el uso también puede aplicarse a los arrendamientos. Para obtener información sobre los  
arrendamientos, consulte la publicación 46, Leasing Tangible Personal Property in California (Arrendamiento de bienes  
muebles tangibles en California), disponible en nuestro sitio web o llamando a nuestro Centro de servicio al cliente. 

¿Cómo declaro la obligación fiscal del impuesto sobre el uso? 
Personas físicas 
Puede pagar una vez al año cuando presente su declaración de impuestos sobre el ingreso del estado de 
California, o hacer los pagos directamente al CDTFA después de cada compra utilizando el registro en línea en 
nuestro sitio web en www.cdtfa.ca.gov. 
Negocios 
Los dueños de negocios que tienen un permiso de impuesto sobre las ventas o el uso de California están 
obligados a declarar el impuesto sobre el uso relacionado con sus compras comerciales en sus declaraciones. 
La ley de California exige a los compradores autorizados que se registren en el CDTFA y que declaren y paguen 
su impuesto sobre el uso directamente al CDTFA antes del 15 de abril del año calendario anterior. Un comprador 
autorizado es una persona o entidad que recibe al menos $100,000 de ingresos brutos por operaciones 
comerciales por año calendario, que no está obligada a tener un permiso de vendedor o un certificado de 
registro para el impuesto sobre el uso, que no tiene un permiso de pago directo del impuesto sobre el uso o 
que no está registrada de otro modo en el CDTFA para declarar el impuesto sobre el uso. Los ingresos brutos 
son el total de todos los ingresos de las operaciones comerciales dentro y fuera del estado, ya sea por servicios u 
otras transacciones comerciales. Para obtener más información, consulte la publicación 126, Mandatory Use Tax 
Registration for Service Enterprises (Registro obligatorio del impuesto sobre el uso para empresas de servicios), 
que está disponible en nuestro sitio web. 
Nota: Compras a minoristas de fuera del estado. Algunos minoristas de fuera del estado tienen un Certificado 
de registro del impuesto sobre el uso y recaudan y declaran el impuesto sobre el uso de California en sus ventas 
sujetas a impuestos a clientes de este estado. Si pagó el impuesto sobre uso de California a un minorista de este 
tipo, no está obligado a declarar el impuesto. Ese minorista debe entregarle un recibo en el que figure, entre 
otras cosas, el monto del impuesto sobre el uso recaudado. Debe conservar una copia del recibo que demuestre 
que ha pagado el impuesto sobre el uso. 
Si pagó correctamente el impuesto sobre las ventas o el uso de las mercancías en otro estado y declaró el monto de  
la compra en su declaración, puede deducir el monto del impuesto pagado al otro estado en su declaración (hasta  
el monto del impuesto adeudado en California). Sin embargo, si revende los bienes, no puede reclamar el crédito. 

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¿Cómo puedo pagar los impuestos que me corresponden? 
Existen varias opciones de pago fáciles y convenientes para pagar sus impuestos. Estas son: 
• Pago directo desde su cuenta bancaria. Después de presentar su declaración de impuestos en línea, puede 
optar por que los fondos se transfieran directamente de su cuenta a la nuestra facilitando su número de ruta 
y su número de cuenta bancaria. Los pagos pueden ser retenidos para cualquier día bancario que seleccione 
hasta la fecha límite de la declaración de impuestos o del pago anticipado. 
• Tarjeta de crédito. Se aceptan las siguientes tarjetas de crédito: American Express®, Discover®, 
MasterCard® y Visa®. Las instrucciones para realizar el pago están disponibles en nuestro sitio web en el 
menú desplegable, seleccione How Do I (Cómo hago para), y luego seleccione Make a Payment (Realizar un 
pago). 
• Cheque o giro postal. Los pagos pueden realizarse por correo o en cualquiera de nuestras oficinas. Por 
favor, no envíe efectivo por correo. Haga el pago a la orden de California Department of Tax and Fee 
Administration. Los pagos entregados en mano deben llegar a nuestras oficinas en la fecha de vencimiento o 
en una fecha anterior. Los pagos enviados por correo deben tener un sello postal con la fecha de vencimiento 
o una fecha anterior. 
• Transferencia electrónica de fondos (EFT). Actualmente, los pagos por EFT se exigen a los negocios qu
pagan un promedio d
$10,000 al mes por impuestos sobre las ventas y el uso. Otros negocios pueden hacer pagos por EFT
de forma voluntaria. Para obtener más información sobre los pagos por EFT, visite nuestro sitio web en
www.cdtfa.ca.gov, y en el menú desplegable, seleccione How Do I (Cómo hago para), y luego seleccione
Make a Payment (Realizar un pago).
• App móvil CDTFA ePay. La aplicación ePay del CDTFA es una forma simplificada de gestionar los pagos 
electrónicos en su dispositivo móvil. Puede realizar pagos electrónicos a su cuenta del CDTFA a través del 
débito bancario o con una tarjeta de crédito. 
Recordatorio: Independientemente de la forma de pago, debe presentar su declaración y realizar el pago a 
tiempo. 

                                                       ¿Debo redondear al dólar más 
                                                       cercano? 
                                                       Sí. Puede redondear al dólar entero más cercano 
                                                       en su declaración de impuestos. Un importe 
                                                       inferior a 50 centavos se redondeará al siguiente 
                                                       dólar más bajo, y un importe de 50 centavos o 
                                                       más se redondeará al siguiente dólar más alto. 
                                                       Por ejemplo, $127.49 se redondearía a $127.00, y 
                                                       $127.50 se redondearía a $128.00. 

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   Dispositivos y programas de software para la ocultación de ventas 
   Es delito para cualquier persona vender, comprar, instalar, transferir o poseer, a sabiendas, programas de software 
   o dispositivos que se utilicen para ocultar o eliminar ventas y falsificar registros. 
   Usar estos dispositivos da una ventaja competitiva injusta sobre los dueños de negocios que cumplen con la 
   ley y pagan su parte correspondiente de los impuestos y cuotas. Los infractores pueden ser condenados a 
   hasta tres años de cárcel, multados con hasta $10,000, y serán obligados a pagar todos los impuestos retenidos 
   ilegalmente, más multas, inclusive los intereses y tarifas que correspondan. 

   ¿Qué ocurre si no presento la declaración de impuestos? 
   Nos pondremos en contacto con usted y le pediremos que presente la declaración de impuestos requerida. Si no 
   la presenta, su permiso de vendedor puede ser revocado, acción que le impedirá operar legalmente su negocio. Si 
   su permiso es revocado y usted continúa operando su negocio, según lo dispuesto en la sección 6071 del Código 
   de Ingresos e Impuestos, puede ser culpable de un delito menor que se castiga con una multa de $1,000 a $5,000 o 
   prisión de hasta un año, o ambos, según lo dispuesto en la sección 7153 del Código de Ingresos e Impuestos. 

   ¿Qué son las cuentas de pago anticipado? 
   Los negocios con un promedio de ventas sujetas a impuestos de $17,000 o más al mes están obligados a realizar 
   pagos anticipados de impuestos. Se le notificará por escrito si se le aplica este requisito. Le rogamos que no 
   efectúe pagos anticipados sin una autorización por escrito. 

   Si vendo o distribuyo combustibles, ¿existen requisitos adicionales de 
   declaración o pago del impuesto sobre las ventas? 
   Si usted es un mayorista o proveedor de determinados combustibles, está obligado a recaudar un pago 
   anticipado de una parte del impuesto sobre las ventas en determinados puntos del proceso de distribución del 
   combustible. Debe declarar y pagar los montos que recaude en las declaraciones "SG". Si usted es un minorista 
   u otro vendedor de combustible que ha pagado por anticipado el impuesto sobre las ventas a sus proveedores, 
   puede reembolsarse a sí mismo reclamando un crédito por el impuesto pagado por anticipado cuando presente 
   sus declaraciones de impuestos sobre las ventas. Para obtener más información, acceda a una copia de la 
   publicación 82, Prepaid Sales Tax and Sales of Fuel (Impuesto sobre las ventas pagado por anticipado y ventas de 
   combustible), o llame a nuestro Centro de servicio al cliente. 

16 SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA  Agosto de2021 



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Si un cliente paga después del período de declaración de impuestos, o paga en 
cuotas, ¿cuándo se debe pagar el impuesto? 
El impuesto se debe pagar en el período en que tiene lugar la venta, cuando el cliente toma la posesión o 
titularidad de un artículo. Esto es así tanto si recibe el pago en ese momento (en efectivo, por ejemplo) como si 
lo recibe en una fecha posterior (como las ventas a crédito). Por lo tanto, debe informar sobre las ventas a crédito 
o con cargo en el período en el que se producen, independientemente de cuándo reciba el pago. 
Sin embargo, los pagos por arrendamiento se tratan de manera diferente. Por lo general, se declaran en el 
período en el que se reciben, independientemente de la fecha de inicio del arrendamiento sujeto a impuestos. 
No debe informar de los saldos pendientes de pago del arrendamiento. (Se aplican normas diferentes a los 
arrendamientos de camiones, aeronaves y otros equipos de transporte móvil). 
Para obtener información detallada sobre los arrendamientos, puede acceder a una copia del Reglamento 
1660, Leases of Tangible Personal Property-In General (Arrendamientos de bienes muebles tangibles: bienes en 
general), o del Reglamento 1661, Leases of Mobile Transportation Equipment (Arrendamiento de equipos de 
transporte móviles), desde nuestro sitio web en www.cdtfa.ca.gov. También puede acceder a una copia de la 
publicación 46, Leasing Tangible Personal Property in California (Arrendamiento de bienes muebles tangibles en 
California). Esta información también está disponible llamando a nuestro Centro de servicio al cliente. 

Declaro los impuestos anualmente. Si cierro o vendo mi negocio, ¿cuándo 
debo declarar los impuestos? 
Está obligado a presentar una declaración de impuestos final al cerrar su negocio. Si cierra su negocio entre el 1 
de enero y el 31 de marzo, debe presentar su declaración de impuestos sobre las ventas y el uso final antes del 
30 de abril. Si cierra entre el 1 de abril y el 30 de junio, la fecha de presentación es el 31 de julio. Si cierra entre el 
1 de julio y el 30 de septiembre, la fecha de presentación es el 31 de octubre. Si cierra entre el 1 de octubre y el 
31 de diciembre, debe presentar la solicitud antes del 31 de enero. 
Al momento de cerrar o vender su negocio, debe ponerse en contacto con la oficina del CDTFA más cercana. 
Debe presentar una  
declaración de impuestos sobre las ventas y el uso final. Si no se presenta la declaración a tiempo, se cobrarán 
intereses y multas. Para obtener más información, consulte la publicación 74, Closing Out Your Account (Cerrar su 
cuenta). 

¿Dónde puedo obtener ayuda para completar la declaración de impuestos? 
La ayuda está disponible en nuestro sitio web, por teléfono y en persona en nuestras oficinas del CDTFA. En 
nuestro sitio web, la ayuda está disponible a través de un tutorial en línea de nuestra clase básica sobre los 
impuestos sobre las ventas y el uso, que también se ofrece periódicamente en nuestras oficinas en todo el 
estado. La clase le enseña paso a paso cómo completar una declaración. 
Las preguntas frecuentes (FAQ), las publicaciones, las leyes y los reglamentos también están disponibles 
en nuestro sitio web. Puede escribir un tema en el campo de búsqueda de la parte superior de la pantalla y 
acceder a diversas fuentes de información. También puede llamar por teléfono o visitar una de nuestras oficinas 
del CDTFA o llamar a nuestro Centro de servicio al cliente para solicitar ayuda. El personal le explicará cómo 
completar correctamente la declaración de impuestos. Aunque no pueden preparar la declaración por usted ni 
revisar sus registros para determinar el monto a declarar, estarán encantados de explicarle qué información es 
necesaria y cómo ingresarla. 

Mi contador prepara mi declaración de impuestos. ¿Mi contador puede 
presentar mi declaración por mí? 
Sí. Su contador puede estar registrado para presentar su declaración por usted. Los formularios están disponibles 
en línea. 

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   SERVICIOS EN LÍNEA 

   El CDTFA se compromete a proporcionar servicios en línea para todos los contribuyentes y pagadores de 
   cuotas. Visite nuestro sitio web en www.cdtfa.ca.gov para obtener más información. Actualmente ofrecemos los 
   siguientes servicios en línea: 
   Registro de un permiso, licencia o cuenta 
     • Permiso de vendedor. 
     • Impuesto sobre la producción de madera. 
     • Permiso de combustible por viaje de California (sus siglas en inglés). 
     • Calcomanías del impuesto anual de tasa plana. 
     • Compras por internet de cigarrillos y/o productos de tabaco. 
   Renovación de su licencia 
     • Cigarrillos y productos de tabaco. 
     • Acuerdo Internacional del Impuesto sobre el Combustible (IFTA). 
     • Impuesto al uso de combustible (calcomanía del impuesto anual de tasa plana). 
   Presentación de declaraciones 
     • Impuesto sobre las ventas y el uso. 
     • Combustibles para vehículos motorizados. 
     • Acuerdo Internacional del Impuesto sobre el Combustible (IFTA). 
     • Fabricantes y distribuidores de cigarrillos. 
   Opciones de pago en línea 
     • Pago directo desde su cuenta bancaria (ACH). 
     • Pagos con tarjeta de crédito: declaraciones y pagos anticipados de impuestos sobre las ventas y el uso, 
       declaraciones de impuestos especiales, cuentas por cobrar y pagos de auditorías, y pagos de cuotas para 
       casi todos los programas de impuestos y cuotas. 
     • Transferencia electrónica de fondos (TEF): los pagos pueden iniciarse por Internet o por teléfono. 
   Solicitudes de alivio en línea 
     • Declaración de envío por correo puntual. 
     • Prórroga del plazo para presentar una declaración de impuestos o cuotas. 
     • Alivio de multas o intereses. 
     • Alivio de multas e intereses debido a un desastre. 
     • Alivio de la cuota de recuperación de los costos de cobranza. 
     • Alivio de intereses debido a un error irrazonable o demora por parte del CDTFA o del DMV. 
   Programa de sello fiscal para cigarrillos 
     • Los distribuidores de cigarrillos con licencia pueden pedir sellos fiscales para cigarrillos y comprobar e
       estado de sus pedidos en línea
   Verificación de permisos y licencias 
     • Verifique si el número de permiso de un vendedor incluido en un certificado de reventa es válido. 
     • Verifique si la licencia de cigarrillos/tabaco es válida. 
     • Verifique si un vendedor de dispositivos electrónicos cubiertos (CED) está registrado para cobrar y remitir la 
       cuota de desechos electrónicos. 
     • Verifique si la cuenta de la Cuota por Mantenimiento de Tanques de Almacenamiento Subterráneo es válida. 
   Plan de pago 
     • Solicite un plan de pago si no puede pagar el monto total de la deuda. 

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Servicios móviles del CDTFA 
• Realice pagos electrónicos a su cuenta del CDTFA mediante a través del débito bancario o con una tarjeta de 
  crédito. 
• Vea su historial de pago. 
• Verifique el estado del número de cuenta de un permiso de vendedor incluido en un certificado de reventa, 
  una licencia de cigarrillos/productos de tabaco o una licencia de cuota de reciclaje de desechos electrónicos. 
• Encuentre las ubicaciones, direcciones y números de teléfono de las oficinas del CDTFA. 

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   ADQUIRIR, VENDER O SUSPENDER UN NEGOCIO 

   Siempre que adquiera, venda o suspenda un negocio, tendrá que ponerse en contacto con nosotros. Si va a adquirir un negocio, 
   es posible que tenga que obtener un permiso de vendedor, ya que los permisos no son transferibles. Si va a vender o suspender 
   un negocio, tendrá que cerrar su cuenta. Si el negocio en cuestión es una sociedad anónima o de responsabilidad limitada, lea 
   el último párrafo de este capítulo, además de la información que figura a continuación. 

   ¿Tengo que ponerme en contacto con el CDTFA si voy a adquirir un negocio? 
   Sí. Para protegerse de tener que pagar cualquier impuesto sobre las ventas y el uso que deba el negocio que 
   está adquiriendo, debe escribirnos y solicitar un certificado de pago de impuestos (llame a una oficina cercana de 
   la CDTFA que aparece en la lista de la página 29 para obtener una dirección). 
   La siguiente es una lista de la información que debe incluir en la solicitud escrita del certificado de pago de 
   impuestos. 
     • Nombre, dirección y número de teléfono del comprador. 
     • Nombre, dirección y número de teléfono del vendedor. 
     • La dirección del negocio. 
     • Copia del boleto de compraventa o contrato de compraventa con el monto del precio de compra. 
     • El nombre de la compañía de depósito en garantía y el número de depósito, si corresponde. 
     • La fecha en la que se compró el negocio. 
   Si no obtiene un certificado de pago de impuestos antes de adquirir el negocio y el propietario anterior dejó 
   montos de impuestos pendientes de pago, se le podría exigir que pague los impuestos, los intereses y las multas 
   que se deban (hasta el precio de compra del negocio, que incluye cualquier asunción de deuda). Consulte el 
   Reglamento 1702, Successor’s Liability (Responsabilidad del sucesor). 
   Luego de recibir su solicitud por escrito de un certificado de pago de impuestos, determinaremos si el negocio 
   que está adquiriendo debe algún impuesto sobre las ventas y el uso, intereses o multas. Si se debe algún dinero, 
   se notificará al propietario actual y se le aconsejará que pague el monto adeudado o se le indicará un monto que 
   deberá retener del precio de compra para cubrir la posible deuda. Este monto debe ser pagado a nosotros antes 
   de que podamos emitir un certificado de pago de impuestos. 
   Si el negocio que va a adquirir tiene más de un local y va a adquirir todos los locales, solo necesita un certificado. 
   Sin embargo, si va a adquirir uno o más locales (pero no todos) deberá solicitar un certificado de pago de 
   impuestos para cada uno de ellos. 
   Si va a adquirir un negocio a través de una compañía de depósito en garantía, debe asegurarse de que la 
   compañía solicite el certificado de pago de impuestos en su nombre. Es importante recordar que si el propietario 
   actual debe impuestos y el depósito en garantía (escrow) se cierra sin un certificado de pago de impuestos, usted 
   puede ser responsable de los impuestos pendientes de pago, como se ha indicado anteriormente. 

   ¿Estoy obligado a reservar dinero para cubrir los impuestos pendientes de 
   pago del propietario anterior? 
   Sí. Si no emitimos el certificado de pago de impuestos descrito anteriormente, está obligado a retener una 
   cantidad suficiente del precio de compra del negocio para cubrir cualquier monto que nos deba el propietario 
   anterior hasta que él/ella presente: 
     • Un recibo emitido por nosotros que demuestre que se ha pagado toda la deuda, o 
     • Un certificado de pago de impuestos emitido por nosotros en el que se indique que no se debe ningú
     monto
   Si le hemos proporcionado un certificado de pago de impuestos para el negocio, ya no está obligado legalmente 
   a reservar fondos para cubrir los impuestos sobre las ventas y el uso pendientes de pago. 

20   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA   Agosto de2021 



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¿Tengo que solicitar un nuevo permiso de vendedor si adquiero otro negocio? 
Sí. Se necesitaría un nuevo permiso para demostrar que usted es el propietario correcto. Deberá proporcionar 
la misma información que se le exige a todos los solicitantes de un permiso de vendedor (consulte el capítulo 
Cómo obtener un permiso de vendedor). 

¿Tengo que informarle al CDTFA que voy a cerrar o vender mi negocio? 
Sí. Debe notificarnos por escrito si pretende vender o cerrar su negocio. Para conocer las instrucciones y el 
formulario que debe utilizar para notificarnos, consulte la publicación 74, Closing Out Your Account (Cerrar su 
cuenta), disponible en nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov. 
Cerraremos su cuenta y cancelaremos su permiso de vendedor. Si nos proporcionó un depósito en garantía 
en efectivo o que devenga intereses cuando obtuvo su permiso de vendedor, se le devolverá la totalidad del 
depósito o la parte no utilizada, dependiendo de si quedan impuestos por pagar. Por esta razón, es importante 
que tengamos su dirección postal actual en nuestros archivos. 
Si no nos notifica cuando vende sus existencias de bienes, puede ser responsable de pagar los impuestos, 
intereses y multas en que incurra el comprador o el sucesor. Para obtener más información, consulte el 
Reglamento 1699, Permits (Permisos). 
Recordatorio: Es un delito menor utilizar el permiso de vendedor si ya no se dedica activamente a la actividad 
comercial. 

Si me retiro de una sociedad, ¿debo notificarlo al CDTFA? 
Sí. Debe notificarnos cada vez que se añada o se admita a un socio. Notificarnos a tiempo podría ayudar a limitar 
la responsabilidad personal de los socios por los impuestos, multas y cargos por intereses en los que se incurra 
después del cambio en la composición de sociedad. Debe informarnos del cambio escribiendo a la oficina del 
CDTFA que gestiona su cuenta. Publicar esta información en un periódico o notificar a otro organismo estatal no 
es aviso suficiente para nosotros. 

Si me retiro de un negocio, dejando a mi cónyuge o pareja de hecho registrada 
como único propietario, ¿debo notificarlo al CDTFA? 
Si su nombre figura en el permiso de vendedor junto con el de su cónyuge o pareja de hecho registrada y se 
retira de la titularidad del negocio, debe comunicarnos el cambio por escrito. Una sentencia de separación legal 
o de divorcio que adjudique el negocio a una persona, sin notificarnos por escrito, no es aviso suficiente. La 
persona que se queda y explota el negocio debe obtener un nuevo permiso de vendedor. 
La siguiente información se aplica a las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada: 
En ciertos casos, las personas físicas responsables pueden ser responsables de los impuestos, multas e intereses 
que adeuden sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas de 
responsabilidad limitada. Para obtener más información, consulte los Reglamentos 1702.5, Responsible Person 
Liability (Responsabilidad de la persona responsable), y 1702.6, Suspended Corporations (Sociedades anónimas 
suspendidas). 

                                         Agosto de 2021          SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA             21 



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   CÓMO USAR UN CERTIFICADO DE REVENTA 

   ¿Por qué son necesarios los certificados de reventa? 
   Si adquiere bienes muebles tangibles para revenderlos, la transacción no está sujeta al impuesto sobre las 
   ventas o el uso, siempre que la venta esté debidamente documentada. Por lo tanto, su proveedor le pedirá que 
   presente un certificado de reventa como prueba de que los bienes se compraron para revenderlos. Como se 
   explica a continuación, el certificado debe recibirse a tiempo y debe incluir cierta información específica. 

   ¿Qué información debe incluir un certificado de reventa? 
   El certificado puede hacerse de cualquier forma, como ser una nota, una carta o un memorando. Sin embargo, 
   el certificado debe incluir: 
     • El nombre y dirección del comprador. 
     • El número del permiso de vendedor que posee el comprador (si el comprador no está obligado a tener un 
     permiso de vendedor, vea la nota a continuación). 
     • Una descripción de los bienes que se van a comprar. 
     • Una declaración de que el bien descrito se compra para revender. El certificado debe contener palabras que 
     indiquen que el bien "será revendido" o es "para revender". No es aceptable usar palabras como "no sujeto 
     a impuestos" o "exento", o términos similares. 
     • La fecha del documento. 
     • La firma del comprador o de alguien autorizado a actuar en su nombre. 
   No exigimos un formulario específico de certificado de reventa. No obstante, puede descargar y utilizar el 
   formulario CDTFA-230, General Resale Certificate (Certificado de reventa general), de nuestro sitio web u obtener 
   una copia a través de nuestro Centro de servicio al cliente (vea la página 29). En la página 26 se reproduce un 
   modelo de certificado de reventa del Reglamento 1668, Sales for Resale (Ventas para la reventa). El Reglamento 
   1668 también contiene un modelo de certificado de reventa para uso de los negocios de reparación y/o pintura 
   de carrocerías. 
   Nota: Algunos negocios no están obligados a tener un permiso de vendedor (por ejemplo, un negocio puede no 
   hacer ninguna venta en este estado, o puede vender bienes cuya venta al por menor no está sujeta al impuesto 
   sobre las ventas). Si le vende a un comprador que no está obligado a tener un permiso de vendedor pero que 
   desea realizar una compra utilizando un certificado de reventa, el comprador debe indicar en el certificado que 
   no tiene un permiso de vendedor y el motivo por el que no se requiere un permiso. 

   ¿Cuáles son mis responsabilidades como comprador que utiliza un certificado 
   de reventa? 
   No debe utilizar un certificado de reventa si existe alguna duda de que va a revender el bien. Si adquiere una 
   combinación de artículos en la que algunos se destinan a la reventa y otros son sujetos a impuestos (para uso 
   personal, por ejemplo), debe indicarle claramente al vendedor qué artículos se compran para la reventa. 
   Puede haber ocasiones en las que no esté seguro de si los artículos que va a comprar son para reventa o para uso 
   personal. En estos casos, le recomendamos que pague el reembolso del impuesto sobre las ventas o el impuesto 
   sobre el uso a su proveedor. Si más adelante revende un artículo antes de usarlo, puede obtener una deducción 
   en la declaración de impuestos en la que declara la venta en el apartado "Costo de las compras con impuesto 
   pagado que se revendieron antes de usarlas". 

   ¿Tengo que presentar un certificado de reventa cada vez que hago una compra? 
   No. Si realiza varias compras a un mismo vendedor, puede presentar un certificado de reventa a ese vendedor 
   para que lo mantenga en sus archivos. Si se utilizan órdenes de compra, en la parte del certificado de reventa 
   en la que se describen los bienes que se adquieren, se puede escribir "ver orden de compra". Cuando le haga 
   compras a ese vendedor, deberá indicar claramente en la orden de compra qué artículos se compran para la 

22   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA   Agosto de2021 



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reventa (utilizando las palabras "para reventa"). Suponemos que los artículos no marcados para la reventa se 
venden a usted al por menor y, por lo tanto, están sujetos a impuestos. 

¿Cuáles son mis responsabilidades como vendedor que acepta un certificado 
de reventa? 
Como vendedor, siempre debe tener en cuenta el carácter general del negocio del comprador. Si la naturaleza 
del negocio es tal que los bienes adquiridos no serían normalmente revendidos por el comprador, debería 
cuestionar el uso del certificado. 
Por ejemplo, un certificado de reventa que describa el negocio como una estación de servicio no debe aceptarse 
para la compra de un sofá o un artículo similar que no se venda habitualmente en las estaciones de servicio. Si el 
comprador insiste en que el artículo se va a revender, debe pedir un certificado de reventa en el que conste que 
el bien concreto se adquiere para su reventa en el curso normal del negocio. Si el comprador no está dispuesto a 
proporcionar uno, debe considerar que la venta está sujeta a impuestos. 
No debe aceptar el certificado si sabe o tiene motivos para creer que el bien se está comprando con un fin 
distinto al de la reventa. 
Está obligado a recibir un certificado de reventa a tiempo. Es decir, hay que recibirlo: 
• Antes de facturar el bien al comprador, o 
• En cualquier momento dentro de su ciclo normal de facturación y pago, o 
• En cualquier momento antes de la entrega del bien al comprador. 
Debe conservar los certificados de reventa que acepte de otras personas para justificar que una venta fue para la 
reventa y, por lo tanto, no está sujeta a impuestos. 
Para obtener más información sobre la realización de ventas para la reventa, puede obtener una copia de la 
publicación 103, Sales for Resale (Ventas para la reventa). 

¿Puedo saber si el número de permiso de un vendedor está vigente? 
Sí. Si otro vendedor le ha dado un certificado de reventa para hacer una compra para la reventa, puede llamarnos 
gratis o visitar nuestro sitio web en www.cdtfa.ca.gov para verificar el número de permiso del vendedor (consulte 
la página 29, bajo el título Internet). 

¿Existen multas por el uso ilegal de un certificado de reventa? 
Sí. Si da un certificado de reventa para comprar bienes que sabe en ese momento que no se van a revender en el 
curso normal del negocio, será responsable de: 
• El importe del impuesto que se debería pagar si no se hubiera utilizado el certificado, y 
• Intereses sobre el impuesto a pagar (calculados desde el momento de la adquisición del bien). 
Además, se le puede revocar su permiso de vendedor y se le puede exigir que pague una o las dos cosas 
siguientes: 
• Una multa del 10 por ciento del impuesto o de $500, lo que sea mayor, por cada compra realizada e
   beneficio propio o para eludir el pago del impuesto
• Una sanción del 25 por ciento por fraude o intento de evadir el impuesto. 
Es un delito menor emitir un certificado de reventa a un vendedor para evadir el pago del impuesto. Cada 
infracción se castiga con una multa de $1,000 a $5,000 o con una pena de hasta un año de prisión en una cárcel 
del condado, o ambas cosas. 

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   MANTENIMIENTO DE REGISTROS 

   Dado que debe pagar el monto correcto de impuestos y a contabilizar las compras y ventas de su negocio, 
   es esencial que mantenga registros adecuados. Para obtener más información sobre la conservación de los 
   registros, puede solicitar una copia del Reglamento 1698, Records (Registros), y la publicación 116, Sales and Use 
   Tax Records (Registros del impuesto sobre las ventas y el uso). Además, las publicaciones preparadas para tipos 
   específicos de negocios incluyen información sobre el mantenimiento de registros. 
   Nota:La siguiente información se aplica a los programas del impuesto sobre las ventas y el uso y a otros 
   programas de impuestos del CDTFA. Otras agencias gubernamentales pueden tener diferentes requisitos de 
   mantenimiento de registros. 

   ¿Estoy obligado a mantener registros comerciales? 
   Sí. Está obligado a mantener registros comerciales para que los representantes de nuestra agencia puedan: 
     • Verificar la exactitud de las declaraciones de impuestos sobre las ventas y el uso. 
     • Determinar si se deben pagar impuestos si no se ha presentado una declaración. 
   El hecho de no mantener registros precisos puede considerarse una prueba de negligencia o de intención de 
   evadir impuestos y podría dar lugar a multas. 

   ¿Qué tipo de registros debo mantener? 
   Debe mantener los registros necesarios para determinar la obligación fiscal correcta según la ley del impuesto 
   sobre las ventas y el uso, como por ejemplo: 
     • Libros contables normales (los libro
     contables pueden incluir informació
     almacenada en computadoras)
     • Documentos de asientos originales (po
     ejemplo, cuentas, recibos, facturas, órdene
     de trabajo, contratos u otros documentos
     que respaldan los asientos en los libro
     contables
     • Todos los anexos o papeles de trabaj
     utilizados para preparar sus declaraciones d
     impuestos
   ¿Qué deberían mostrar mis registros? 
     Sus registros deben mostrar todo lo siguiente: 
     • Los ingresos brutos de todas las ventas 
     arrendamientos de bienes muebles tangible
     (incluso las ventas o arrendamientos qu
     pueda considerar exentos de impuestos)
     • Todas las deducciones reclamadas a
     presentar las declaraciones
     • El precio total de compra de todos lo
     bienes muebles tangibles adquiridos para s
     venta, consumo o arrendamiento

24   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA   Agosto de2021 



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¿Cuánto tiempo debo mantener los registros de mi negocio? 
Debe mantener los registros del impuesto sobre las ventas y el uso requeridos durante al menos cuatro años, 
a menos que le demos una autorización específica y por escrito para que los destruya antes. Sin embargo, 
puede haber casos en los que necesite mantener los registros durante un período más largo. Por ejemplo, debe 
mantener los registros durante más de cuatro años: 
• Si se descubren transacciones dudosas durante una auditoría, debe conservar esos registros durante a
menos diez años
• Si está siendo auditado, debe conservar todos los registros que cubran el período de la auditoría hasta su 
finalización, incluso si eso implica que deba conservarlos por más de cuatro años. 
• Si tiene una disputa con nosotros sobre los montos que debe pagar en concepto de impuestos, debe 
conservar los registros correspondientes hasta que se resuelva la disputa. Por ejemplo, si apela los resultados 
de una auditoría u otra determinación, o presenta un reclamo de reembolso, debe conservar sus registros 
mientras el asunto esté pendiente. 

¿Debo mantener los certificados de reventa o exención que he aceptado? 
Sí. Debe mantener los certificados para documentar las ventas no sujetas a impuestos reclamadas. Si no 
mantiene estos registros, se le puede exigir el pago de impuestos, intereses y multas si no puede demostrar que 
una venta no estaba sujeta a impuestos. 

                                        Agosto de 2021   SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA                   25 



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                 Modelo de certificado de reventa del Reglamento 1668 
                                                          (puede reproducirse) 
     CDTFA-230 REV. 1  (8-17)                                                                                         STATE OF CALIFORNIA
     GENERAL RESALE CERTIFICATE                                          CALIFORNIA DEPARTMENT  OF TAX AND FEE ADMINISTRATION

                                                California  Resale Certificate 

     I HEREBY CERTIFY: 
     1. I hold valid seller’s permit number: 

     2. I am engaged in the business of selling the following type of tangible personal  property: 

     3. This certificate is for the purchase from                                                                    of the item(s) I have 
       listed in paragraph 5 below.                                              [Vendor’s name] 

     4. I will resell the item(s) listed in paragraph 5,  which I am purchasing under this resale certificate in the form of 
       tangible personal property in the regular course           of my   business    operations, and   I will do so prior to   making any 
       use of the item(s) other than demonstration and display             while holding the item(s) for sale in the regular course of 
       my business.    I understand         that     if I use the item(s) purchased under this certificate in any manner     other than as 
       just described, I will owe use tax based on each item’s purchase price or as otherwise provided by law. 

     5. Description of property  to be purchased for resale: 

     6. I have read and understand the following: 
       For Your Information         :     A person may be guilty     of a misdemeanor under Revenue         and Taxation   Code section 
       6094.5 if the purchaser knows at the time of purchase that he or she will not resell  the purchased item prior to any 
       use (other than retention, demonstration, or   display while        holding it for  resale) and he or she furnishes a resale 
       certificate to avoid payment to the seller of an amount as tax.   Additionally, a person misusing a resale certificate 
       for personal gain or to evade the payment of               tax is liable, for each purchase, for the tax that would have been 
       due, plus a penalty of 10 percent of the tax or $500, whichever is more. 

     NAME OF PURCHASER 

     SIGNATURE OF PURCHASER, PURCHASER’S EMPLOYEE OR AUTHORIZED REPRESENTATIVE 
      
     PRINTED NAME OF PERSON SIGNING                                                       TITLE 

     ADDRESS OF PURCHASER 

     TELEPHONE NUMBER                                                                     DATE 
     (     ) 

     Las copias del formulario CDTFA-230, California Resale Certificate (Certificado de Reventa de California), están 
     disponibles en nuestro sitio web y en nuestro Centro de servicio al cliente, llamando al 1-800-400-7115 
     (CRS:711). 

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¿Debo inscribirme en algún otro programa de impuestos administrado por 
el CDTFA? 
Además de los impuestos estatales sobre las ventas y el uso, administramos una serie de otros impuestos y cuotas.  
La publicación 51, Resource Guide to Tax Products and Services for Small Businesses (Guía de recursos sobre 
productos y servicios fiscales gratuitos para pequeñas empresas) del Departamento de Administración 
de Impuestos y Cuotas de California proporciona una lista de todos los programas de impuestos y cuotas 
administrados por el CDTFA. Está disponible en nuestro sitio web, www.cdtfa.ca.gov o en nuestro Centro de 
servicio al cliente. 
La siguiente lista incluye algunos de los otros programas de impuestos y cuotas que administramos. Puede reg­
istrarse en la mayoría de los programas de impuestos y cuotas especiales usando nuestro servicio de registro en 
línea. Los programas en los que puede registrarse en línea se identifican con un asterisco (*) a continuación. Para 
obtener más información sobre un programa concreto, visite nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov o póngase en 
contacto con nosotros: 

Impuestos y cuotas especiales 
California Department of Tax and Fee Administration, MIC:88 
PO Box 942879, Sacramento, CA 94279-0088 
1-800-400-7115 teléfono 
1-916-323-9297 fax 
• Impuesto sobre el combustible de aviación* 
• Impuesto sobre bebidas alcohólicas 
• Cuota de llantas de California* 
• Impuestos sobre el cannabis 
• Cuota de prevención de intoxicación por plomo en niños 
• Programa de concesión de licencias para cigarrillos y productos de tabaco* 
• Impuesto sobre cigarrillos y productos de tabaco* 
• Impuesto sobre el combustible diésel* 
• Cuota de reciclaje de desechos electrónicos* 
• Recargo para usuarios de teléfonos de emergencia* 
• Recargo por recursos de energía* 
• Cuota por eliminación de desechos peligrosos 
• Cuota ambiental por desechos peligrosos* 
• Cuota de instalaciones de desechos peligrosos 
• Cuota por generación de desechos peligrosos* 
• Cuota de manejo integral de desechos (desechos sólidos y desechos de madera) 
• Cuota de baterías de plomo-ácido 
• Cuota de determinación de impuestos sobre productos de madera* 
• Cuota de especies marinas invasivas (aguas de lastre) 
• Impuesto sobre el combustible para vehículos motorizados* 
• Recargo de gas natural* 
• Cuota de prevención de intoxicación por plomo en empleados* 
• Cuota de prevención, respuesta y gestión ante derrames de petróleo* 
• Recargo por servicios de telefonía móvil (MTS) prepaga 
• Impuesto sobre la producción de madera 
• Cuota de mantenimiento de tanques de almacenamiento subterráneo* 
• Cuota de derechos sobre el agua 

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Oficina de transportistas motorizados 
California Department of Tax and Fee Administration, MIC:65  
PO Box 942879, Sacramento, CA 94279-0065 
1-800-400-7115 teléfono 
     • Impuesto sobre el combustible diésel (operadores de autobuses y entidades gubernamentales exentas)* 
     • Acuerdo Internacional del Impuesto sobre el Combustible (IFTA)* 
     • Impuesto sobre el combustible diésel de usuarios interestatales (DI)* 
     • Impuesto sobre el uso de combustible* 

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MÁS INFORMACIÓN 

Para obtener más ayuda o información, aproveche los recursos que se muestran a continuación. 

                                                                             INTERNET 
                                                                             www.cdtfa.ca.gov
CENTRO DE SERVICIO AL CLIENT             Puede visitar nuestro sitio web para obtener más información, como leyes, reglamentos, 
            1-800-400-711                formularios, publicaciones, guías de la industria y manuales de políticas, que lo ayudarán a 
               CRS: 71                   entender cómo se aplican las leyes a su empresa. 
Nuestros representantes de servicio      También puede verificar números de permisos de vendedor en nuestro sitio web (vea 
al cliente están disponibles de lunes a  Verify a Permit, License, or Account (Verificar un permiso, licencia o cuenta)). 
viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. (hora Encontrará versiones multilingües de las publicaciones en nuestro sitio web www.cdtfa. 
del Pacífico), excepto los días festivos ca.gov. 
estatales. Además de inglés, ofrecemos   Otro buen recurso, especialmente para los negocios que recién comienzan, es el California 
ayuda en otros idiomas.                  Tax Service Center (Centro de servicios de impuestos de California): www.taxes.ca.gov. 

              OFICINAS                                    BOLETÍN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA 
Ciudad         Número de teléfono        El Boletín de información tributaria (TIB, en inglés) trimestral incluye artículos sobre 
                                         cómo se aplican las leyes a los tipos específicos de transacciones, anuncios sobre 
Bakersfield             1-661-395-2880 
                                         publicaciones nuevas y modificadas, y otros artículos de interés. Puede encontrar los 
Cerritos                1-562-356-1102   TIB actuales en nuestro sitio web: www.cdtfa.ca.gov/taxes-and-fees/tax-bulletins.htm. 
Culver City             1-310-342-1000   Anótese en nuestra lista de correo electrónico para las actualizaciones del CDTFA y 
                                         reciba una notificación cuando se publique la edición más reciente del TIB en nuestro 
El Centro               1-760-352-3431 
                                         sitio web. 
Fairfield               1-707-862-3501 
Fresno                  1-559-440-5330                            CLASES Y SEMINARIOS GRATUITOS 
Glendale                1-818-543-4900   Ofrecemos clases básicas gratuitas en línea sobre los impuestos sobre ventas y uso, que 
                                         incluyen un tutorial sobre cómo presentar sus declaraciones de impuestos. Algunas clases 
Irvine                  1-949-440-3473   se ofrecen en varios idiomas. Si desea más información sobre clases específicas, llame a su 
Oakland                 1-510-622-4100   oficina local. 

Rancho Mirage           1-760-770-4828                    ASESORAMIENTO TRIBUTARIO POR ESCRITO 
Redding                 1-530-224-4729   Para su protección, lo mejor es que obtenga el asesoramiento tributario por escrito. Podría 
Riverside               1-951-680-6400   ser exonerado de los cargos por impuestos, multas o intereses que deba por una transacción 
                                         si determinamos que le dimos un asesoramiento escrito incorrecto con respecto a la 
Sacramento              1-916-227-6700 
                                         transacción y que usted confió razonablemente en ese asesoramiento al no pagar el monto 
Salinas                 1-831-754-4500   de impuestos correcto. Para que se aplique este beneficio, la solicitud de asesoramiento 
San Diego               1-858-385-4700   debe hacerse por escrito, identificando al contribuyente para el que corresponde el 
                                         asesoramiento y describiendo completamente los hechos y circunstancias de la transacción. 
San Francisco           1-415-356-6600 
                                         Para solicitar asesoramiento por escrito sobre información general de impuestos y cuotas, 
San José                1-408-277-1231   visite nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov/email para enviar su solicitud por correo electrónico. 
Santa Clarita           1-661-222-6000   También puede enviar su solicitud por correo. Para obtener información general 
Santa Rosa              1-707-890-6267   sobre el impuesto sobre las ventas y el uso, incluida la Determinación de impuestos 
                                         sobre productos de madera de California y el recargo por servicios de telefonía móvil 
Ventura                 1-805-856-3901   (MTS) prepaga, envíe su solicitud a: Audit and Information Section, MIC:44, California 
West Covina             1-626-671-3702   Department of Tax and Fee Administration, P.O. Box 942879, Sacramento, CA 94279-0044. 
                                         Para obtener asesoramiento por escrito sobre todos los demás programas de impuestos y 
Oficinas fuera del estado                cuotas especiales, envíe su solicitud a: Program Administration Branch, MIC:31, California 
                                         Department of Tax and Fee Administration, P.O. Box 942879, Sacramento, CA 94279-0031. 
Chicago, IL             1-312-201-5300 
Houston, TX             1-713-739-3900                            DEFENSOR DEL CONTRIBUYENTE 
Nueva York, NY          1-212-697-4680   Si desea saber más acerca de sus derechos como contribuyente, o si no ha podido resolver 
                                         algún problema por las vías normales (por ejemplo, hablando con un supervisor), consulte 
Sacramento, CA          1-916-227-6600   la publicación 70, Understanding Your Rights as a California Taxpayer (disponible en 
                                         español, publicación 70-S, Entendiendo sus Derechos como Contribuyente de California), 
Oficina de transportistas motorizados    o comuníquese con la Oficina del Defensor del Contribuyente para pedir ayuda al 
                                         1-916-324-2798 o al 1-888-324-2798. Su número de fax es 1-916-323-3319. 
West Sacramento, CA     1-800-400-7115 
                                         Si lo prefiere, puede escribirnos a: Taxpayers’ Rights Advocate, MIC:70, California 
                                         Department of Tax and Fee Administration, P.O. Box 942879, Sacramento, CA 94279-0070. 

                                                        Agosto de 2021       SU PERMISO DE VENDEDOR DE CALIFORNIA                         29 



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PUBLICACIÓN 73-S | AGOSTO DE  202
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